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4 may. 2022
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Normativa sobre accesibilidad. Estatal y autonómica
Accesibilidad Listado de la normativa accesibilidad. Estatal y autonómica, actualizada a 1 de abril de 2022.
Accesibilidad Listado de la normativa accesibilidad. Estatal y autonómica, actualizada a 1 de abril de 2022.
Accesibilidad El Manual Técnico de Accesibilidad en Municipios se trata de la actualización del Manual de Accesibilidad para Técnicos Municipales editado por la Fundación ONCE y la Fundación ACS en 2011. Se trata de un manual de consulta y trabajo que resuelve cuestiones técnicas y ayuda a interpretar de manera clara y con ejemplos variados, las exigencias normativas en materia de accesibilidad que se encuentran vigentes en nuestro país, tanto a nivel autonómico como a nivel estatal. Ese fue el germen con el que nació este manual en 2011, y desde la Fundación ONCE, la Fundación ACS y el Real Patronato sobre Discapacidad entendíamos que era el momento de actualizar los contenidos del mismo, dados los nuevos cambios en materia de desarrollo urbano “inteligente”, los avances tecnológicos aparejados a la vida y uso de la ciudad o el trabajo que se viene desarrollando en materia de adecuación de las condiciones de accesibilidad de las ciudades. Ver en la fuente original.
Accesibilidad Durante el proceso de elaboración de la Orden surgieron algunos aspectos cuya particularidad o detalle no parecía justificar su regulación en una norma básica de carácter estatal. Por este motivo se sugirió en repetidas ocasiones que se trasladara su tratamiento a una guía donde pudieran contemplarse sin carácter normativo. Asimismo, durante la aplicación de la Orden anterior, se había detectado que los esquemas gráficos que aquella contenía, a modo de ejemplos, estaban siendo interpretados en muchas ocasiones como si fueran normativos, por lo que en esta nueva orden se decidió evitarlos, y transferirlos en su totalidad a la guía. Todo ello, hace que la misma sea un instrumento útil para los técnicos encargados de la aplicación de la nueva Orden. La guía se estructura en 2 partes: Parte 1: Consideraciones Generales Sirve para aclarar los criterios que han regido durante el proceso de revisión de la Orden de forma general, y otras cuestiones que se consideran de utilidad para acercarse a su contenido. Entre otros, se explica el carácter de norma básica, el criterio adoptado en relación con las normas que se citan en el texto, la referencia a otras normas de carácter reglamentario y, tras un breve esquema de la estructura del texto normativo, se resaltan los cambios más importantes sobre un esquema comparado del articulado derogado y vigente. Parte 2: Aclaraciones sobre el articulado Se estructura en 11 apartados que se corresponden con los 11 capítulos de la Orden y en ellos se recogen las aclaraciones de dos formas distintas, en función de la entidad de la aclaración: - En los primeros capítulos, del I al III incluido (art. 1 a 5) las aclaraciones se plantean mediante apartados temáticos que identifican, para cada artículo, los conceptos que requieren una explicación más amplia. - A partir del capítulo IV (art. 6 a 47) se recogen las aclaraciones directamente sobre el texto literal de los artículos mediante comentarios. Guía de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados v.1.0
Accesibilidad Las personas mayores y las personas con discapacidad, conforman un grupo vulnerable y numeroso al que, el modo en que se estructura nuestra sociedad ha mantenido, desgraciadamente en muchos casos, y aún mantiene en condiciones de discriminación y exclusión. El anhelo de una vida plena en todos los sentidos y la necesidad de realización personal mueven a todas las personas, incluso a las personas con discapacidad, pero estas aspiraciones no pueden ser satisfechas si se hallan restringidos o ignorados los derechos a la libertad, la igualdad y la dignidad. La Accesibilidad Universal es la condición imprescindible que deben cumplir los establecimientos comerciales y demás establecimientos abiertos al público para que estos puedan ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Un establecimiento comercial se puede considerar accesible cuando sus características permitan a todas las personas, sin discriminación de las personas con discapacidad, acceder al local o establecimiento, circular, orientarse, identificar, entender y hacer uso y disfrute de los servicios y equipamientos disponibles, además de comunicarse con el personal de atención al público y en caso de emergencia, poder evacuar el establecimiento en condiciones de seguridad. No podemos olvidar que la accesibilidad es un derecho que garantiza la no discriminación por razones de edad o discapacidad, y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en la vida social y económica. Y este derecho está avalado en España por distintas normativas, desde la Constitución Española al Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Pero también la accesibilidad es una obligación legal. Diversas normativas estatales, autonómicas, incluso municipales exigen a los establecimientos comerciales cumplir con las condiciones básicas de accesibilidad y su adecuación efectiva. La accesibilidad de cualquier tipo de establecimiento comercial debe entenderse como una cadena de múltiples eslabones y en el momento que uno de éstos no responda a las necesidades de todos los potenciales clientes, deja de ser accesible el establecimiento. Guía para la adecuación efectiva de las condiciones básicas de accesibilidad en pequeños establecimientos comerciales existentes Ver en la fuente original.
Accesibilidad La supresión de barreras arquitectónicas se enmarca dentro del mandato a los poderes públicos, contenido en el art.49 de la Constitución Española, de realizar una política de integración de las personas con discapacidad física, sensorial o cognitiva. La discapacidad por sí, forma parte de la condición humana pues casi todas las personas sufriremos algún tipo de discapacidad transitoria o permanente en algún momento de nuestra vida, ya sea por cuestiones accidentales como por el propio envejecimiento natural. El Código Técnico de la Edificación (CTE), es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. El Texto refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (LGDPDIS), estableció en su día, que los espacios y edificaciones existentes, que fueran susceptibles de ajustes razonables, tendrían que adecuarse a las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad antes del día 4 de diciembre de 2017. No obstante, y según el estudio “La accesibilidad en las viviendas de España” elaborado por la Fundación Mutua de Propietarios en colaboración con la Cátedra UNESCO de Vivienda de la Universidad Rovira i Virgili de Tarragona, en el año 2018, sólo un 0,6% de los 9,8 millones de edificios de viviendas españoles cumplen los criterios de Accesibilidad Universal para personas con movilidad reducida o discapacidad. Disfrutar de una vivienda digna y adecuada es uno de los derechos fundamentales de todas las personas, como así se refleja tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en nuestra Constitución de 1978. No debemos olvidar que cuando hablamos de vivienda digna y adecuada, debemos entender que sea apropiada a las necesidades de sus habitantes. En este sentido una vivienda que no sea accesible debemos considerarla infravivienda, tal como prescribe la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Guía para la gestión de actuaciones y obras de mejora de la accesibilidad en comunidades de propietarios Ver en la fuente original.
Accesibilidad Primer documento de la nueva colección de Documentos de orientación técnica de la Fundación Musaat.